AVISO DE CORTE DE SUMINISTRO DE AGUA EN CASTRO URDIALES PARA MAÑANA 21 DE JULIO EN CASTRO URDIALES

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 EL SERVICIO MUNICIPAL DE AGUAS AVISA DE UN NUEVO CORTE DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE MAÑANA 21 DE JULIO DE 2025 ENTRE LAS 8:00 Y LAS 11:00 HORAS POR TRABAJOS EN LA RED GENERAL.

 

  Este corte afectará a las siguientes direcciones:

C/NUESTRA SEÑORA DEL Nº1 AL 17


Una vez terminados los trabajos, se restablecerá el suministro de
agua sin previo aviso. Se pueden producir episodios de turbidez, por lo
que les recordamos que deben evitar utilizar el agua para uso
alimentario mientras dure la misma.


 

 

LA ALCALDESA DE CASTRO URDIALES ADJUDICA UN CONTRATO DE PATROCINIO DEL SONORICA 2025 DE CASI 51.000€ PARA SUPERSTRUCT BTN HOLDINGS SL

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EL PLENO MUNICIPAL DE CASTRO URDIALES RECHAZÓ A FINALES DE JUNIO DE 2025 UNA MOCIÓN DE CASTROVERDE QUE PRETENDÍA QUE LA ORGANIZACIÓN DEL FESTIVAL SONORICA CONDENASE EL GENOCIDIO EN GAZA. Enlace Noticia

El PSOE de Castro Urdiales condenó el genocidio en Gaza y declaró que " ni un solo euro del Sonórica llega a financiar armas o promover guerras. Vamos a seguir apoyando esta cita musical que tiene un gran impacto económico en el municipio y nosotros no participamos en blanquear nada".


 

Hoy en la Plataforma de Contratación del Estado ha aparecido la adjudicación de un Contrato de Patrocinio del Festival Sonórica 2025 , en el que la Alcaldía de Castro Urdiales ha adjudicado el contrato a la empresa "FESTIVALES DEL NORTE, S.L" por un importe de 42.000 EUR +IVA, en total  50.820 EUR . El acta de resolución es un decreto de alcaldía que dice:

 Vista la propuesta formulada por la Concejalía de Festejos con fecha 1 de Julio de 2025, en la que se proponía la celebración de un contrato privado de patrocinio en relación al festival de música “Sonórica´2025” que se celebrará en el estadio Riomar de Castro-Urdiales , a los efectos previstos en el artículo 116 de la Ley 9/2017, de 8 de Noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), por la Alcaldía, con la misma fecha se ordenó proceder a la tramitación del correspondiente expediente de contratación para la adjudicación del contrato antedicho.



A tal efecto, consta en el expediente documento suscrito por representante de FESTIVALES DEL NORTE, S.L.,
con NIF B52560471, en el que deja constancia de que la sociedad es la única participante y tiene la exclusividad en la gestión, producción y comercialización del Festival Sonórica 2025 siendo la responsabilidad final única y exclusivamente de Festivales del Norte, S.L




 El Boletín Oficial del Registro Mercantil publicó el pasado 2 de junio de 2025...Enlace BOE

 

 246143 - FESTIVALES DEL NORTE SL.
Declaración de unipersonalidad. Socio único: SUPERSTRUCT BTN HOLDINGS SL. Datos registrales. S 8 , H AS 53185, I/A 6
(27.05.25).

 

 La pregunta que nos hacemos es como es posible prestar una instalación pública como el Estadio de Riomar recientemente homologado, cortar varias carreteras, utilizar servicios públicos de emergencias a disposición del festival, poner un servicio especial Buho, cerrar un aparcamiento para residentes, usar instalaciones del colegio público Riomar para uso y disfrute de una empresa privada, sin recibir ni un solo euro a cambio para las arcas públicas y aún así adjudicar mediante un contrato privado por más de 50.000 € para el patrocinio de un evento ?? 

 Que porcentaje de los 50.000€ se lleva el promotor y cuanto realmente acaba en  Superstruct, la empresa promotora adquirida por KKR que controla 80 festivales en Europa?? 

 

 

 



 

 

AMIGOS DEL CINE Y TEATRO DE CASTRO URDIALES PUBLICAN EL NÚMERO 11 DE SU REVISTA "18 LÍNEAS"

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COMPARTIMOS EL ENLACE A LA REVISTA "18 LÍNEAS" QUE EDITAN Y PUBLICAN DESDE LA ASOCIACIÓN DE AMIGOS DEL CINE Y TEATRO DE CASTRO URDIALES. ESTE NÚMERO ES EL 11. " 18 líneas Número 11"

 

El Editorial sigue hablando de la carencia del teatro-cine en Castro Urdiales. Pero además hay un artículo sobre el coro de Islares y una entevista a Santiago Redondo Brizuela, periodista responsable de SER CASTRO URDIALES. 

También una curiosa entrevista a Astel Wagne Fontal que participa en la última película de Santiago Segura "Padre no hay más que uno 5" que se ha estrenado hace unos días en los cines.

 

 

CASTROVERDE HA PRESENTADO ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE LA NUEVA LÍNEA CASTRO-BILBAO PARA ADAPTARLO A LAS NECESIDADES REALES DE LOS VECINOS

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CASTROVERDE  RECLAMA UNA REVISIÓN PROFUNDA DEL ANTEPROYECTO DEL SERVICIO DE AUTOBUSES ENTRE CASTRO Y BILABO PARA ADAPTARLO A LAS NECESIDADES ACTUALES.  


La formación municipal CastroVerde ha presentado alegaciones al Anteproyecto el Ministerio de Transportes que regula la nueva concesión del servicio de autobús entre Castro-Urdiales y Bilbao, solicitando su revisión. La agrupación critica la falta de análisis
de necesidades,
que no se aborden las problemáticas actuales y las consecuencias negativas que tendrían el nuevo diseño planteado sobre los tiempos de viaje y la eficiencia del servicio.

Una de las principales críticas se dirige al diseño de las rutas, en particular la línea directa entre Castro y Bilbao, que según el nuevo trazado se desviaría por la carretera N-634, alargando el trayecto innecesariamente, haciendo el servicio ineficiente. CastroVerde
propone mantener el actual acceso a la A-8 desde la salida 147 y sólo innovar con nuevas rutas en otros itinerarios menos sensibles.

CastroVerde critica la ausencia de datos estadísticos en el anteproyecto, lo que impide una evaluación técnica rigurosa, por lo que solicita incorporar estudios de uso actual y encuestas a los usuarios antes de modificar las líneas existentes.


La agrupación propone además un rediseño basado en la intermodalidad, que conecte los servicios de autobús con nodos clave de transporte como la estación de Renfe Muskiz (Renfe C2), la de Santurtzi (C1), el metro de Kabiezes o la estación intermodal de Bilbao. Apuesta por modelos lanzadera más ágiles y por reforzar la
conexión con hospitales
y centros de alta demanda, sin solapar innecesariamente servicios ya ofrecidos por el Consorcio de Transportes de Bizkaia.

En cuanto al sistema de billetes, CastroVerde considera imprescindible integrar la concesión en el sistema tarifario del CTB (Barik) y en la futura tarjeta de Transporte de Cantabria para permitir descuentos por transbordo, implementar máquinas expendedoras en la estación de autobuses de Castro-Urdiales y establecer una oficina de atención al
usuario
. También reclama información en tiempo real y la posibilidad de reservar plaza desde la parada, mejorando la experiencia del usuario.

La formación también propone ampliar los horarios del servicio de autobús Castro- Bilbao para permitir el regreso los viernes y sábados en horario nocturno, evitando el uso del vehículo privado.

La formación verde considera que las mejoras propuestas son esenciales para construir un sistema de transporte público moderno, interconectado y adaptado a las necesidades actuales de la ciudadanía castreña.

EL TRIBUNAL SUPREMO DESESTIMA EL RECURSO DEL JUEZ LUIS ACAYRO SANCHEZ QUE TRAS EL VOTO PARTICULAR DE DOS MAGISTRADOS RECURRIRÁ AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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 EN UNA SORPRENDENTE SENTENCIA DE 106 PÁGINAS QUE TODAVÍA ESTAMOS ANALIZANDO, HEMOS LEÍDO ATENTAMENTE EL VOTO PARTICULAR DE DOS DE LOS MAGISTRADOS QUE DAN LA CLAVE AL ASESOR JURÍDICO DE LUÍS ACAYRO SANCHEZ PARA RECURRIR AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. 


 El Tribunal Supremo condena por prevaricación al magistrado Luis Acayro y eleva de 5 a 10 años su inhabilitación, con dos votos particulares.

 

RECURSO CASACION/7909/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. Vicente Magro Servet
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Concepción
Sáez Rodríguez

TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Sentencia núm. 535/2025

VOTO PARTICULAR QUE FORMULAN LOS EXCMOS. SRES.
MAGISTRADOS D. ANTONIO DEL MORAL GARCÍA Y D. LEOPOLDO PUENTE SEGURA A LA SENTENCIA QUE RESUELVE EL RECURSO DE CASACIÓN Nº 7909/2022.
 


Los magistrados Antonio del Moral y Leopoldo Puente, no comparten la conclusión a la que ha llegado la mayoría. Los firmantes del voto particular abogan por estimar el recurso de la defensa y dictar una sentencia absolutoria.
 

Al igual que el resto del tribunal, comparten la premisa esencial de que, si existía un error en la actuación del juez, los hechos no pueden subsumirse en el delito de prevaricación judicial previsto en el artículo 446 del Código Penal. Pero añaden que la consideración de la mayoría de que el acusado se apartó conscientemente de la normativa vigente es una apreciación fáctica sin apoyo concluyente en la sentencia de instancia.

“Quienes firmamos este voto particular pensamos que en un recurso de casación no podemos solventar la incongruencia manipulando o retorciendo los hechos que han sido declarados probados (…) Si el Tribunal Superior de Justicia ha considerado probado que el acusado actuó en la convicción de que lo decidido era lo ajustado a derecho (cumplía su deber como juzgador), una condena basada en el artículo 446 CP lesiona el principio de legalidad”, añaden los dos magistrados discrepantes.

A su juicio, la Sala ha cometido una extralimitación inadmisible en casación al revalorar pruebas y reconstruir el factum en perjuicio del acusado, contraviniendo el principio acusatorio y el derecho a ser informado de la acusación.

Los dos magistrados coinciden con la mayoría en que el delito del artículo 446.3 del Código Penal exige actuar «a sabiendas» de la injusticia de la resolución, lo que excluye por definición cualquier error relevante desde el punto de vista penal.

No puede haber prevaricación si el juez, aunque equivocado, cree que su actuación es conforme a Derecho.

Lo que diferencia su postura con respecto a los tres magistrados de la mayoría es el respeto al relato fáctico fijado por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que consideró que el magistrado actuó convencido de estar cumpliendo su deber profesional, aunque erradamente.

Ese elemento, recuerdan, no puede ser corregido en casación sin vulnerar garantías básicas: “No es dable despreciar una hipótesis fáctica favorable cuando es asumida por el tribunal de instancia”.

Antonio del Moral y Leopoldo Puente reprochan a sus compañeros de la mayoría de haber incurrido en un “salto acrobático” al sustituir los hechos declarados probados por una valoración alternativa de los elementos subjetivos del tipo.

Y concluyen, " en nuestra opinión procedía la desestimación de los recursos de las acusaciones, y acoger parcialmente algunos de los motivos del recurso de la defensa. Se quejaba por la lesión de su derecho a ser informado de la acusación anudada a la aparición sorpresiva en la sentencia de una versión fáctica que se apartaba en puntos esenciales de la hipótesis acusatoria (actuación no movida por un ánimo espurio, pero incursa en un error vencible de prohibición). Por otra parte, negaba la relevancia penal de los hechos, aunque por razones no totalmente coincidentes con las que se sostienen en
este voto.

El magistrado Luis Acayro puede recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional con la interposición del incidente de nulidad previo preceptivo.