EL CLUB DE TENIS DE MESA DE CASTRO URDIALES DEMUESTRA SU GRAN NIVEL EN LOS CAMPEONATOS DE ESPAÑA DE VETERANOS EN ZARAGOZA

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 PUBLICAMOS LA CRÓNICA QUE NOS ENVIA EL CLUB DE TENIS DE MESA DE CASTRO URDIALES, CASTROSPIN.

 

 Entre el 19 y el 23 de junio, Zaragoza acogió los Campeonatos de España de Tenis de Mesa en la categoría de veteranos, una cita de máxima exigencia nacional que reunió a las mejores palas del país. El club CASTROSPIN de Castro-Urdiales acudió a la capital aragonesa con una representación centrada en las categorías de Equipos +50, Individual +50, Individual +60 y Dobles +50.
Debido a la normativa de la competición por equipos (formados por dos jugadores), Santi Larrañaga, que por edad pertenece a la categoría de mayores de 60, tuvo que bajar a la de mayores de 50 para poder formar dupla con su compañero, Luis Guzmán.

 



Competición por Equipos (+50)

 

 
El sorteo no fue benévolo con el conjunto castreño, que quedó encuadrado en un grupo de máxima dificultad junto a Madrid TM, Helios de Zaragoza y el potentísimo L'Hospitalet de Barcelona.
Contra L'Hospitalet (1-2): El equipo catalán demostró su condición de favorito (terminarían proclamándose campeones de España), pero Castro logró un hito reseñable: le arrancó un punto siendo de los pocos equipos que lo lograron. Lo consiguió la pareja formada por Santi Larrañaga y Luis Guzmán, quienes firmaron una actuación impresionante para llevarse el partido de dobles.
Contra Madrid TM(2-1): En un enfrentamiento muy serio y con un juego excelente por parte de los castreños, el equipo logró una importante victoria por 2-1.
Contra Helios de Zaragoza (0-3): La clasificación para la siguiente fase se decidió en la jornada de tarde ante los anfitriones. Los aragoneses se mostraron muy superiores y no dieron opciones al cuadro cántabro, cerrando el pase de grupo.

Cuadro Individual y Dobles

 
En las competiciones individuales, los jugadores de Castro completaron una actuación muy digna en sus respectivos cuadros:
Luis Guzmán (Individual +50): Logró superar una fase de grupos bastante compleja y avanzó una ronda eliminatoria más. Finalmente, cayó derrotado por 3-1 ante un jugador catalán de gran experiencia nacional en un partido muy disputado donde Guzmán le puso las cosas realmente difíciles.
Santi Larrañaga (Individual +60): Solventó la fase de grupos con mucha autoridad. En la primera eliminatoria directa, el sorteo le cruzó con un veterano y conocido jugador de Vizcaya, ante quien terminó cediendo.
Luis Pérez (Individual +50): Inició el torneo con buen pie ganando su primer compromiso, pero las derrotas en los dos partidos siguientes le impidieron superar la exigente fase de grupos.

Balance final

 
La valoración de estos días de competición en Zaragoza es muy positiva. El tenis de mesa en España cuenta con comunidades autónomas referentes y con un volumen de licencias de veteranos muy superior, como Cataluña, Madrid o Andalucía. Por poner un ejemplo, Barcelona cuenta con 8 ligas de veteranos y 96 equipos participantes, mientras que en Cantabria solo existen dos ligas.
En ese contexto de máxima competitividad, el equipo de Castro-Urdiales ha competido de tú a tú, dejando el pabellón local y regional a una altura más que destacable. Así que enhorabuena Castrospin por el esfuerzo y los resultados. 


VÌA LIBRE PARA QUE EL JUEZ LUIS ACAYRO RECURRA A LA JUSTICIA EUROPEA CON GARANTÍAS

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 EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL NO APRECIA TRANSCEDENCIA CONSTITUCIONAL Y NO ENTRA AL FONDO DEL RECURSO DEL JUEZ LUIS ACAYRO SANCHEZ. Enlace El Faradio

 

Después de 8 meses, los magistrados Cesar Tolosa y Laura Díez  de la Sala Segunda ,sección tercera del Constitucional deciden inadmitir el recurso de amparo interpuesto  el pasado 3 de noviembre por los abogados  del magistrado Luis Acayro.

La inadmisión del recurso de amparo por parte del Tribunal Constitucional agota la vía jurisdiccional interna y permite acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDHH)  al haberse podido vulnerar derechos fundamentales reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.



 

CASTROVERDE PROPONE AL GOBIERNO DE CANTABRIA DESARROLLAR EL PSIR COORDINADAMENTE CON EL AYUNTAMIENTO EN ZONAS PROGRAMADAS DEL PGOU

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CASTROVERDE RECELA DEL PSIR ANUNCIADO POR LA PRESIDENTA DE CANTABRIA Y PROPONE DESARROLLARLO COORDINADAMENTE CON EL AYUNTAMIENTO EN LAS ZONAS YA PROGRAMADAS  EN EL PGOU DE CASTRO URDIALES. Enlace Web



El pasado 25 de junio la presidenta de Cantabria anunció de manera sorpresiva que el ejecutivo regional pretende desarrollar un Plan Singular de Interés Regional (PSIR) para la ejecución de 1.700 viviendas y un hospital mediante una iniciativa privada.


De manera sorpresiva porque lo normal hubiera sido diseñar una operación de esa envergadura con el Ayuntamiento que debiera informar sobre la idoneidad de la zona elegida, por sus accesos e integración en la trama urbana, y en toda esta legislatura no se ha producido ninguna de estas consultas urbanísticas al Ayuntamiento de Castro.


Conviene recordar que un PSIR es un instrumento urbanístico que retira las competencias urbanísticas que por ley competen a los ayuntamientos, para desarrollar operaciones sin la intervención de estos, pero que en el caso de llevarse a cabo después deberán asumir los servicios y mantenimiento de la zona.

De esta manera se inició en 2008 otro PSIR para ampliar el polígono de Vallegón, cuyas primeras fases se desarrollaron sin contar con el Ayuntamiento y de manera impuesta, y pasados los años, tras muchos problemas de implantación e inversiones millonarias de dinero público. estos desarrollos están apenas sin industria implantada.

La argumentación ofrecida para lanzar la operación basada en falta de suelo para la instalación hospitalaria no parece justificada, puesto que el Ayuntamiento posee un terreno completamente regularizado urbanísticamente junto al polideportivo Pachi Torre que se encuentra segregado para tal fin y ya fue visitado por el consejero de Sanidad en 2024. Si hubiera realmente interés en él, el Ayuntamiento estaría obligado a cederlo.


Además la ley del suelo de Cantabria obliga en su artículo 63.2 a construir un 30% de Viviendas de Protección Oficial en nuevos desarrollos, así que las 400 VPO anunciadas no llegarían a las 510 mínimas sobre el total de 1.700. Otro aspecto a considerar es que los aprovechamientos urbanísticos (un 15% sobre el beneficio de la operación) que en este caso podrían ser de varios millones de Euros) pese a que por ley corresponden a los Ayuntamientos, se los embolsaría el Gobierno Regional, sin tener que mantener después lo urbanizado.


El PGOU de Castro tiene aún zonas por desarrollar que serían las zonas más idóneas para integrar un PSIR como el anunciado en la trama urbana, puesto que no tendría sentido transformar suelo rústico aislado con dificultades de comunicación y falta de servicios que derivarían en los problemas muy conocidos en Castro por “errores” del pasado.


A lo anterior habría que añadir que, tras décadas aspirando a la llegada del ferrocarril en Castro, cualquier desarrollo urbanístico deberá respetar la ubicación del único punto viable técnicamente para implantar la estación junto a parque de Bomberos, como determinó el estudio del Ministerio de Transporte. No respetarlo, supondrá enterrar definitivamente la llegada del tren a Castro.


Por todo ello, CastroVerde propone al Gobierno Regional buscar la ubicación idónea de ese PSIR de manera coordinada con el Ayuntamiento como conocedor de las necesidades del municipio, antes que con cualquier inversor privado.  

EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SALVAMENTO EN LAS PLAYAS DE CASTRO URDIALES NO PODRÁ ATRACAR BARCO EN EL PUERTO DE ARENILLAS

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EL PASADO 19 DE JUNIO DE 2026 EL TABLÓN DE ANUNCIOS WEB DEL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES HA PUBLICADO UN ANUNCIO CURIOSO RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE DE RECUPERACIÓN POSESORIA (REP01/26/39/0001) DE BIENES DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE LUGAR: ENSENADA DE ARENILLAS, ISLARES, T.M. DE CASTRO-URDIALES, QUE ESTABLECE QUE SE RECUPERA EL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE OCUPADO POR 49 MUERTOS PARA EL AMARRE DE PEQUEÑAS EMBARCACIONES EN LA ENSENADA DE ARENILLAS-ISLARES.

El anunció llegó al ayuntamiento el 14 de mayo de 2026 y se ha publicado en la web municipal el 19 de junio de 2026.  

 

Foto de El Confidencial.

 

 

 Examinado el expediente de Recuperación Posesoria de referencia, se dicta resolución de acuerdo con los siguientes hechos y fundamentos jurídicos.


RESULTANDO que, con fecha 16/03/2026, se ha dictado providencia de incoación de expediente con referencia REP01/26/39/0001 para la recuperación posesoria del dominio público marítimo-terrestre ocupado por 49 muertos para el amarre de pequeñas embarcaciones, en la ensenada de Arenillas, Islares (t.m. de Castro- Urdiales) en el informe del servicio del servicio de vigilancia de fecha 17/02/2026.


RESULTANDO que ha sido publicado anuncio, mediante edicto insertado en el Boletín Oficial del Estado, nº 88 del día 10/04/2026, y remitido al Ayuntamiento de Castro- Urdiales para su publicación en el tablón de anuncios, para que en el plazo reglamentario de 8 días, desde la citada fecha, aquel que considerase tener un interés o derecho pudiese comparecer en el expediente, además de notificado a cuantos
interesados constan en el expediente, no se han presentado alegaciones.


RESULTANDO que el deslinde del t.m. de Castro-Urdiales, aprobado por O.M. de 02/07/2002 (DS-1/20), incluye en el dominio público marítimo-terrestre los terrenos citados que han sido ocupados en la ensenada de Arenillas, en Islares, t.m. de Castro- Urdiales, según informe del servicio de vigilancia, de fecha 17/02/2026, mediante “49
muertos para el amarre de pequeñas embarcaciones que, actualmente, están en desuso al no estar autorizado en dicha ensenada la entrada y amarre de embarcaciones. Los citados elementos son de diferentes características, siendo principalmente:


- Cubos de hormigón con anilla metálica de fondeo (bloques de fondeo).
- Bloques hechos con un neumático relleno de cemento y anilla de fondeo.
- Anillas metálicas clavadas sobre la roca perforada.
- Cuerdas y otros artefactos directamente amarrados a estructuras naturales de la
roca.


Algunos tienen aún restos de cabos, maromas, e incluso cadenas de gran calibre. Ninguno de estos elementos tiene título para ocupar el dominio público marítimo- terrestre y tampoco para su uso”.

CONSIDERANDO que ninguna de las ocupaciones cuenta con autorización o concesión para ocupar el dominio público marítimo-terrestre, de acuerdo con los artículos 51 y siguientes y 64 y siguientes de la Ley 29/1988, de 28 de julio, de Costas, modificada por Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral
(en adelante, Ley de Costas).


CONSIDERANDO que el dominio público es imprescriptible, según los artículos 132 de la Constitución Española de 1978 y 7 de la Ley de Costas, y que la Administración del Estado puede recuperar de oficio la posesión indebidamente perdida de los bienes
de dominio público.


CONSIDERANDO que, conforme el artículo 10.2 de la Ley y 16 del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, este Departamento se encuentra facultado para la recuperación posesoria, de oficio y en cualquier tiempo, de los bienes incluidos en el dominio público marítimo-terrestre, en virtud de deslinde aprobado y que se ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 16 del Reglamento General de Costas, aprobado por R.D. 876/2014.


CONSIDERANDO que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.3 y 4 del Reglamento General, el Servicio Periférico de Costas es competente para iniciar, resolver y ejecutar los expedientes de Recuperación Posesoria, esta Jefatura de la Demarcación de Costa en Cantabria, con fecha de la firma digital, ACUERDA:


- Recuperar, de oficio, la posesión de los terrenos de dominio público marítimo- terrestre ocupado por 49 muertos para el amarre de pequeñas embarcaciones que, actualmente, están en desuso al no estar autorizado en la ensenada de Arenillas en Islares (t.m. de Castro-Urdiales) la entrada y amarre de embarcaciones, como se indica en el informe del servicio de vigilancia de fecha 17/02/2026 , siguiendo el procedimiento establecido en los artículos 108 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, modificada por Ley 2/2013 y 218 del
R.D. 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.


Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Directora General de la Costa y el Mar en el plazo de UN (1) MES contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, en su caso, de conformidad con lo establecido en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


El Jefe de la Demarcación,
Jose Antonio Osorio Manso


DEMARCACION DE COSTAS ADVIRTIÓ AL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES EN NOVIEMBRE DE 2025 SOBRE LA PLANIFICACION ANUAL DE LAS ACTIVIDADES EN PLAYAS

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LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES CELEBRADA EL 11 DE DICIEMBRE DE 2025 TUVO CONOCIMIENTO DE UN ESCRITO ENVIADO POR EL MINISTERIO  PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO-DEMARCACIÓN DE COSTAS EN CANTABRIA QUE SOLICITABA LA PLANIFICACIÓN ANUAL DE INSTALACIONES Y USOS DE LAS PLAYAS POR LOS PRINCIPIOS DE ECONOMÍA ADMINISTRATIVA , EFICIENCIA Y COLABORACIÓN ENTRE ADMINISTRACIONES. 



 

Aquí le dejamos el acta de la sesión ordinaria de Junta de Gobierno Local (11 de diciembre 2025 )  a la que curiosamente el concejal de Juntas Vecinales no acudió (igual es que no acude nunca) en la que se puede ver y leer como el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico-Demarcación de Costas de Cantabria avisa de la planificación.

 2.1.- ESCRITO MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO.
DEMARCACIÓN DE COSTAS EN CANTABRIA.


Se da cuenta del escrito de referencia de fecha 17/11/2025, cuyo tenor literal es el siguiente:
“Esta Demarcación de Costas considera de interés promover una planificación anual de instalaciones y usos sobre las playas, en aras de los principios de economía administrativa, eficiencia y colaboración entre Administraciones. Por ello, en el marco del procedimiento previsto en el artículo 113.3 del vigente Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, y sin perjuicio de las autorizaciones de que ya dispone, se le comunica lo siguiente:

1.- Explotación preferente de servicios de temporada en playas del municipio El artículo 113 del Reglamento General de Costas dispone:
1. Las autorizaciones cuyo objeto sea la explotación de servicios de temporada en las playas que solo requieran instalaciones desmontables serán otorgadas a los Ayuntamientos que lo soliciten, en la forma que se determina en los apartados siguientes.
2. En ningún caso el otorgamiento de estas autorizaciones podrá | desnaturalizar el principio del uso público de las playas (artículo 53 de la Ley 22/1988, de 28 de julio).

El plazo para solicitar autorización para la explotación preferente de servicios de temporada en las playas del municipio finaliza el día 17 de enero de 2026. Si transcurrido ese plazo no se hubiese formulado
solicitud expresa por el Ayuntamiento, esta Demarcación de Costas en Cantabria podrá otorgar autorización para la explotación de ese tipo de servicios a otras personas físicas o jurídicas, previa tramitación conforme al procedimiento establecido en el Capítulo VI del Título III del citado reglamento.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes, propone remitir por correo dicho escrito a los Departamentos municipales de: Deportes, Medio Ambiente, Festejos Y Cultura. Deberá tenerse en cuenta la nueva actividad a desarrollar en la Playa de Oriñón.

 

Sin embargo, tal y como adelantaba el alcalde pedáneo de Mioño, el regionalista Asier Laforga en Castro Punto Radio 19 junio 2026 , el Ayuntamiento de Castro Urdiales ha hecho caso omiso al escrito de la Demarcación de Costas remitido al ayuntamiento en noviembre de 2025 y no ha solicitado autorización para los servicios de temporada de playas antes del 17 de enero de 2026 sino que lo ha hecho el 21 de mayo de 2026 como figura en el escrito firmado por el Secretario Municipal en funciones como costa en la página de la Demarcación de Costas de Cantabria:

 

 Anuncio de la Demarcación de Costas en Cantabria sobre la solicitud de autorización para las instalaciones y servicios de temporada para los años 2026 a 2029, en el término municipal de Castro Urdiales. Peticionario: Ayuntamiento de Castro Urdiales. Expediente AUT01/26/39/0039.

 Resumen

De conformidad con el artículo 152.8 del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se somete a información pública la solicitud de autorización de referencia, formulada por plazo de cuatro años.

La solicitud estará a disposición de cualquier persona interesada durante un plazo de veinte (20) días hábiles y podrá ser consultada en las oficinas de esta Demarcación de Costas en días laborables en horario de 9 a 14 horas, así como en esta página.

En el plazo indicado, los interesados podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Plazo de remisión

Plazo para presentar documentación desde el viernes, 05 de junio de 2026 hasta el jueves, 02 de julio de 2026.

Escrito  del Ayuntamiento de Castro Urdiales

BOE 4 DE JUNIO DE 2026