"Kaikada" sobre el IBI de 2011


Hoy SER CASTRO ha entrevistado al Concejal de Hacienda, José Miguel Rodriguez, alias "Kaika" sobre distintos temas, uno de ellos la Modificación del IBI para 2011. En la entrevista, el señor Kaika ha asegurado que lo único que se ha aprobado en Pleno en Noviembre ha sido la subida de un 2% del IBI para 2011.

Desde Castroconfidencial no entedemos como en  la Página Web del Ayuntamiento cualquier ciudadano en el apartado de Ordenanzas puede descargarse la Ordenanza Fiscal Número 1 de 2010 Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles en la que en su artículo 8.3 se dice claramente:

" Tratándose de inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente, por cumplir las condiciones que se determinen reglamentariamente, el Ayuntamiento aplicará un recargo del 25 por 100 de la cuota líquida del impuesto. Dicho recargo, que se exigirá a los sujetos pasivos de este tributo y al que resultará aplicable, en lo no previsto en este párrafo, las disposiciones reguladoras del mismo, se devengará el 31 de diciembre y se liquidará anualmente por el Ayuntamiento, una vez constatada la desocupación del inmueble, juntamente con el
acto administrativo por el que ésta se declare".


Por otro lado, en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) Nº 249  de Miércoles 29 de Diciembre de 2010 se dice que:
 INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ACUERDO DEFINITIVO DE MODIFICACIÓN DE DIVERSAS ORDENANZAS FISCALES.

ORDENANZA FISCAL Nº1 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.

Se modifica el artículo 8 de la Ordenanza Fiscal quedando redactado como se establece
a continuación:
1. El tipo de gravamen será el 0,3555 por 100 cuando se trate de bienes inmuebles
urbanos.
2. y el 0,6426 por 100 cuando se trate de bienes inmuebles rústicos.

3. Tratándose de inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente, por cumplir las condiciones que se determinen reglamentariamente, el Ayuntamiento aplicará un recargo del 25 por 100 de la cuota líquida del impuesto. Dicho recargo, que se exigirá a los sujetos pasivos de este tributo y al que resultará aplicable, en lo no previsto en este párrafo, las disposiciones reguladoras del mismo, se devengará el 31 de diciembre y se liquidará anualmente por el Ayuntamiento, una vez constatada la desocupación del inmueble, juntamente con el
acto administrativo por el que ésta se declare.


Las declaraciones por tanto del Concejal de Hacienda son "papel mojado" puesto que la legalidad se impulsa a través de las Ordenanzas Municipales y del BOC.  Esperamos que tras las declaraciones del Concejal de Hacienda en las que afirma que solo se sube el IBI un 2% se modifique la Ordenanza en la Página Web del Ayuntamiento y se publique debidamente en el Boletín Oficial de Cantabria.

Ordenanzas Fiscales de Castro Urdiales

BOC  

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