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COMUNICADO DE AUBANC SOBRE SENTENCIA DEL SUPREMO QUE ANULA LAS CLAUSULAS SUELO

miércoles, 15 de mayo de 2013

Nos han hecho llegar el COMUNICADO de AUSBANC sobre la Sentencia del Tribunal Supremo que anula las CLAUSULAS SUELO de las hipotecas.

10/05/2013

La sentencia nº 241/2013, del pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, de fecha 9 de mayo de 2013, por unanimidad, sin ningún voto discrepante de ningún magistrado, ha acordado condenar a las entidades demandadas -BBVA, Caixa Galicia y Cajamar- y declarar la nulidad de la cláusula suelo.

En base a la sentencia nº 241/2013, del pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, de fecha 9 de mayo de 2013, adoptada por unanimidad, sin ningún voto discrepante de ningún magistrado, Ausbanc informa de lo siguiente:

I. Las entidades demandadas, BBVA, Caixa Galicia y Cajamar han sido CONDENADAS.

II. Las cláusulas suelo presentadas al Alto Tribunal para su declaración de legalidad o ilegalidad han sido declaradas NULAS.

III. Los prestatarios afectados por estas cláusulas declaradas NULAS, contratadas con las entidades bancarias CONDENADAS a partir de la publicación de la sentencia, tienen derecho a que se rebaje su cuota y se recalcule a partir del índice de referencia pactado más el diferencial, no pudiéndose hacer uso de ese tope denominado suelo porque no es transparente toda vez que bajo el epígrafe de una hipoteca a tipo de interés variable este suelo supone mantenerlo fijo. Por lo tanto deben verse beneficiadas los cientos de miles de hipotecas firmadas por estas entidades condenadas a partir de la publicación de la sentencia en sus cuotas, en los recibos desde hoy hacia el futuro.

IV. Respecto de las cantidades pagadas con anterioridad, en virtud de esta sentencia no pueden ser solicitadas en ejecución pero SÍ, REPETIMOS, REITERAMOS Y ACLARAMOS, en un procedimiento ordinario se podrá solicitar tanto la nulidad de la cláusula como la devolución de las cantidades de forma individual, sin que atente al sistema financiero en su conjunto ni provoque ningún riesgo sistémico.

V. Los Servicios Jurídicos de Ausbanc ya han ganado casi 70 sentencias que declaran la nulidad así como la devolución de las cantidades pagadas incorrectamente en virtud de esta cláusula con anterioridad. Esta asociación ha sido la primera asociación que detectó esta mala práctica bancaria y, como ya ocurrió en el caso de la cláusula de redondeo al alza en los préstamos hipotecarios a tipo de interés variable, ha planteado numerosas demandas para que esta cláusula sea declarada abusiva, y eliminada de los contratos. Hasta la fecha, ya se han registrado casi 70 sentencias favorables para los clientes, 14 de ellas a nivel de Audiencia Provincial.

VI. Respecto de todos los demás prestatarios que tengan en su contrato la cláusula suelo y no sean referidas a estas entidades condenadas podrán en virtud de la determinación de esta sentencia como jurisprudencia y doctrina, solicitar individualmente la nulidad de su cláusula para futuro y la declaración de devolución de las cantidades pagadas en virtud de la nulidad de la misma de forma retroactiva.

Esta sentencia es de una importancia histórica y radical. Beneficia al conjunto del sistema financiero porque exige transparencia y provoca un modelo de banca más confiable y próspero, basado en principios de equidad, justicia y correcta asignación de costes en lo que se refiere a los servicios financieros.

Se trata de una excelente noticia para los sufridos hipotecados españoles, que se ven liberados de esta cláusula abusiva e injusta, que impedía que las cuotas de sus hipotecas reflejaran la bajada de los índices de referencia hipotecarios como el euríbor.

De forma expresa, clara, radical y contundente, Ausbanc ha ganado una sentencia para todos. El modelo bancario español se verá en la obligación de modificar muchas de sus malas prácticas tanto en operaciones de activo como de pasivo, así como en lo referido a la prestación de sus servicios remunerados.

Interpretaciones equívocas y falsarias

 
Ausbanc lamenta que en algunos casos por desconocimiento, falta de preparación en materia jurídica o por motivos espúreos de apoyo a un modelo de banca que el Tribunal Supremo de España ha declarado que no puede subsistir, se están haciendo interpretaciones equívocas y falsarias para que los consumidores de este tipo de préstamos, con estas cláusulas declaradas nulas, no ejerciten sus derechos.

Ausbanc denuncia de forma expresa y contundente la maquinación desarrollada por estas entidades condenadas y otras para confundir, distraer y, en definitiva, no cumplir lo que declara esta sentencia del Tribunal Supremo, y otras casi 70 más de distintos Juzgados de Primera Instancia y Audiencias Provinciales.


http://www.ausbanc.es/web/Comunicado_oficial_en_relacion_a_la_sentencia_del__2013510143754.asp 

OS ADJUNTAMOS LA SENTENCIA Y LOS ENLACES A MODELOS DE CARTA PARA SOLICITAR LA ANULACIÓN DE ESTA CLAUSULA Y LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES ABONADAS.

SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO 

MODELO CARTA1 

MODELO CARTA2 




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