EL EJECUTIVO REGIONAL ANUNCIA SU INTENCIÓN DE CONCRETAR CUANDO Y CUANTO SE DEBE COBRAR POR LOS RESCATES. POR EJEMPLO, LA SALIDA DEL HELICOPTERO DEL GOBIERNO REGIONAL DE SU BASE Y CADA HORA POSTERIOR DE TRABAJO SUPONDRÁ 1.906,41 EUROS.
Pero cuando habrá que pagar la tasas ?? Cuando la actuación se consecuencia de actividades que conlleven un aumento del riesgo en situaciones de avisos, alertas o predicción de fenómenos metereológicose hidrológicos adversos, de nivel naramja, rojo o equivalente. O sea, sí hay alertas y no se han tenido en cuenta emitidas por los servicios metereológicos nacionales, Protección Civil y organismos análogos como el Servicio de Emergencias de Cantabria. Tambien se pagará sí no se ha hecho caso a las señales de advertencia en zonas consideradas como peligrosas o de acceso prohibido o restringido, o no se ha cumplido con todos los trámites legales previos de obtención de autorizaciones o permisos para la realización de la actividad. Se considera que se debe de imponer tasa en el caso de personas buscadas, salvadas o rescatadas que no lleven equipamiento imprescindible lo que haga la actividad manifiestamente insegura.
Quedan exentos los menores de 16 años y aquellas personas con discapacidad siquica (que no comprendan los riesgos).
En otros casos, se aplicará tasa en servicios de rescate de animales con dueño identificado, salvo que la causa sea sanitaria o de seguridad de las personas, emergencias en establecimientos industriales (sustancias peligrosas) y asistencias en accidentes de tráfico o de ferrocarril en los que haya mercancias peligrosas.
En cuanto a las tarifas a aplicar, movilizar a la dotación completa del parque de emergencias supondrá unos 381 € (salida y primera hora) y cada hora siguiente. La tasa por helicoptero 1.906 €. El dispositivo de rastreo 113, 99 € y otros 57,01 € por cada hora adiccional.
Desde Castro Confidencial observamos que entre los supuestos se remarcan zonas consideradas peligrosas o de acceso prohibido como son las zonas portuarias del municipio en las que está taxativamente prohibido saltar al mar según los responsables de la Dirección General de Puertos.
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