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EL ESTUDIO DE LOS VECINOS DE MONTEALEGRE SOBRE EL CASTROBUS DEMUESTRA QUE LOS DATOS DE USO SON MAYORES A LOS DEL PLIEGO

lunes, 13 de junio de 2016


EL ESTUDIO SOBRE EL USO DEL CASTROBÚS EN MONTEALEGRE REALIZADO POR VECINOS DEMUESTRA UN USO MUY SUPERIOR AL QUE INDICA EL PLIEGO.
 

Durante el período del 1 a 7 de Junio de 2016 un grupo de vecinos de Montealegre han hecho un seguimiento exhaustivo de los viajeros que subían y/o bajaban en las paradas de Pino, Cruce, Los Chalets y la Iglesia, paradas que dan servicio a los Barrios de Pino, Hoz, Sangazo, Montealegre y la Lastrilla, todos ellos afectados por la implantación del servicio a demanda exclusivo para empadronados que figura en el Pliego de Condiciones Técnicas del nuevo contrato de Castrobus.

 El recuento ha arrojado los siguientes datos:

01/06/2016 (miércoles): Castro-Montealegre: 21 usuarios; Montealegre-Castro: 18 usuarios.

02/06/2016 (jueves): Castro-Montealegre: 16; Montealegre-Castro: 22.

03/06/2016 (viernes): Castro-Montealegre: 18; Montealegre-Castro: 15.

04/06/2016 (sábado): Castro-Montealegre: 10; Montealegre-Castro: 9.

05/06/2016 (domingo): Castro-Montealegre: 10; Montealegre-Castro: 4.

06/06/2016 (lunes): Castro-Montealegre: 14; Montealegre-Castro: 16.

07/06/2016 (martes): Castro-Montealegre: 19; Montealegre-Castro: 16.

Total Viajeros en una semana: 208 (108 + 100 en cada sentido).


Es decir, en solo una semana 208 usuarios de las paradas afectadas, han hecho uso del servicio público, lo cual desacredita la solvencia técnica  del Plan de Viabilidad elaborado por la empresa INGARTEK CONSULTING, SL que preveía un máximo de 437 viajeros al año en estas paradas. Realizando una simple extrapolación los viajeros reales podrían superar ampliamente los 10.000 con destino u origen en las paradas de los barrios afectados (Hoz, la Lastrilla, Montealegre y Pino).


También se han hecho averiguaciones sobre los motivos de esta discordancia, habiendo llegado a dos conclusiones. El sistema de GPS sólo cuenta los viajeros que suben al autobús, pero no los que bajan en cualquiera de estas paradas. Y segundo debido a la orografía de la zona se produce una pérdida de señal de GPS, de forma que por defecto, todos los viajeros que suben en estas paradas figuran  como viajeros desde la cabecera (Helguera). 


Además las Asociaciones de Vecinos de Sámano y el colectivo Sámano Avanza, han presentado alegaciones contra la resolución administrativa por la que se aprueban los Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas del contrato de Castro Bus, por considerar que se ven perjudicados los colectivos de usuarios y vecinos a quienes representan, en base a los siguientes motivos: 


1.    El establecimiento de un servicio de transporte público a demanda se ha hecho en base a los datos extraídos del estudio de una empresa privada que no son en absoluto fiables y cuya veracidad no ha sido debidamente contrastada por el Ayuntamiento de Castro Urdiales.
2.    Este estudio con datos y conclusiones manifiestamente erróneas ha motivado la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Castro Urdiales de un Pliego de Prescripciones Técnicas que puede causar graves perjuicios a los usuarios del servicio de transporte público de los barrios de La Lastrilla, Sangazo, Hoz, Pino y Montealegre en el supuesto de que el gobierno de la Corporación Municipal no reforme de modo inmediato, y en todo caso con anterioridad a la concesión del servicio, el Pliego de Condiciones Técnicas y  Administrativas para la Contratación del Servicio Público Urbano en Castro Urdiales que ya ha sido aprobado por la Corporación Municipal.
3.    El contenido de la cláusula 12.2 de un servicio público a demanda solo para empadronados en las pedanías es manifiestamente contrario a las Art. 14, 19 y 139 de la Constitiución Española y el Art, 71 de la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre que establecen el derecho a la igualdad en el acceso a servicios públicos, sin que pueda haber discriminación por razón de residencia y puede motivar la impugnación por esta causa de los vecinos afectados anta las instancias públicas competentes.
4.    Tal y como está redactado el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares y el Pliego de Condiciones Técnicas el Ayuntamiento carece de margen contractual para volver a la situación anterior, ya que es posible transformar líneas regulares en servicios a la demanda, pero no es posible un cambio a la inversa. (Cláusula 12.1 Pliego).



Por todo lo expuesto, las Asociaciones de Vecinos de Sámano y el colectivo de Sámano Avanza, solicitamos que se revisen y contrasten los datos en que se basa el Pliego de Condiciones Técnicas, y se anulen todas aquellas cláusulas ilegales, como las referentes a los empadronados, y las que establecen trabas adicionales para el acceso al servicio de transporte.

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