EXTRAÑAS INDEMNIZACIONES ¿OPORTUNAS?


EL SUPER
Sr.Muñóz Arriola: Concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Castro Urdiales, SIN PRESUPUESTOS DESDE 2.009 subida generalizada de Tasas e impuestos.
  - Responsable de patrimonio .El inventario de Bienes Municipales no se ha presentado al pleno en años, incumpliendo la Ley y aprovechando algunos el oscurantismo para la apropiación, uso y abuso de los bienes de los castreños.
    - Concejal de FESTEJOS , suprimimos la BANDA DE MÚSICA.
     -  Titular y colaborador del Blog Castreño que hace las funciones de noticiero municipal.
    - TOCA PLATILLOS EN la charanga castreña por excelencia nacida de los problemas de la Banda de hace 10 años.
    - Puntualmente (como en la creación de la comisión de contratación ) asesor jurídico del alcalde, buscando sentencias.
Un superconcejal.
HOY se ha convertido en al asesor y responsable Municipal  de urbanismo y además portavoz de la concejalía para anunciar el pago, en dinero y aprovechamientos de 2.830.000 Euros a dos promotores .

El correo español- Domingo 27 de Mayo:
El Departamento de Hacienda, que ha justificado las demoras en reestructuraciones forzadas por el plan de ajuste, alude ahora a una indemnización de 3,2 millones que se deberá abonar a dos promotoras.
Las cuentas que se presentarán en junio contemplarán el pago de 2.830.000 euros, referentes a «un aprovechamiento urbanístico de la unidad de ejecución 1.67», en palabras de Aitzol Zuazo, concejal de Urbanismo. Fue recurrida por un promotor y «la sentencia es firme desde 2001 con el fallo a favor del constructor, que decretó un incremento de 1.800 metros cuadrados de edificabilidad». Así, el Consistorio afrontará esta condena con una compensación en suelo. «Será una pérdida patrimonial», ilustró Zuazo.

LA SENTENCIA DE 2.001 SOBRE LA UNIDAD 1.67 NI OBLIGABA A INDEMNIZAR NI A ENTREGAR APROVECHAMIENTO ALGUNO a la señora que recurría .
.- La Sentencia de 18 de febrero de 2001  Recurso 1262/1998  Resulta que no es de ningún promotor ni demuestra mal hacer de NADIE DEL AYUNTAMIENTO.
El Plan de Castro Urdiales se aprobó en 1.997 y, una ciudadana, como otros, pleiteó para que su finca, junto a la autovía, tuviera mayor aprovechamiento.
Dice la Sentencia:
El seno del presente proceso, el cual señala que la edificabilidad que asigna el Plan a la Unidad de Ejecución 1.67 es de 6.468 metros cuadrados, si bien conforme a la Ordenanza de aplicación, bloque abierto, grado dos, se pueden elevar tres plantas y bajo cubierta, lo que supondría una edificabilidad de 8.316 m2, sin que existan dificultades para encajar la edificación, de tal manera que el sólido capaz resultante de la aplicación de los parámetros urbanísticos no se agota con la edificabilidad asignada sino que es posible la atribución de 1848 m2 más, que es la máxima edificabilidad que puede acoger la Unidad con criterios de buena ordenación volumétrica. Dicha solución tampoco supone una agresión paisajística, ya que la edificación se encuentra en su mayor parte por debajo de la Autovía Santander-Bilbao, con lo que los residentes ven discurrir el tráfico a una altura superior a sus ventanas, estando rodeada aquélla de edificios incluso de mayor altura que el pretendido, de tal manera que no se produce ningún impacto visual ni tendría repercusión apreciable sobre
el paisaje.
La edificabilidad pretendida por la recurrente, cifrada en 12.481 m2 ,supondría la aplicación de otra Ordenanza del Plan similar de grado 1 en lugar de grado dos, que permitiría elevar cuatro alturas, así como una ocupación del 50% de la superficie bruta, lo que resulta excesivo a juicio del perito y causaría situaciones no deseables de deficiente ordenación para residentes y vecinos por excesiva ocupación, por lo que la pretensión de la recurrente debe ser estimada de modo parcial, atribuyendo a su parcela una edificabilidad de 8.316 m2.

NO ESTABLECE NINGUNA INDEMNIZACIÓN. Solo permite que la señora propietaria edifique un poco más EN SU PARCELA , rectificando el PGOU.
NO HEMOS ENCONTRADO NINGUNA EJECUCIÓN NI NINGUNA INDEMNIZACIÓN FIJADA POR EL TRIBUNAL.
Fuentes Jurídicas nos dicen que ES MUY EXTRAÑO LO QUE DICE EL SR.MUÑÓZ ARRIOLA:
             1/Porque la Sentencia no condena a nada.
            2/Porque si la señora podía construir en su finca más alturas y no lo hizo, no es culpa del Ayuntamiento. Solo tenia que haber esperado a tener la sentencia en la mano para pedir licencia. Si se adelantó, será su responsabilidad.
         3/ PORQUE CUALQUIER RESPONSABILIDAD HA DE PEDIRSE EN EL PLAZO DE UN AÑO DESDE LA SENTENCIA FIRME.

  • La anulación en vía administrativa o por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de los actos o disposiciones administrativas no presupone derecho a la indemnización, pero si la resolución o disposición impugnada lo fuese por razón de su fondo o forma, el derecho a reclamar prescribirá al año de haberse dictado la sentencia definitiva.

Analizaremos en otra ocasión la segunda “sentencia”. Esperamos que se faciliten en el noticiero municipal los informes jurídicos que han informado de esta indemnización y los técnicos que han hecho la valoración ya que es muy grave aprobar una indemnización para un promotor, se pague en dinero o en especie si no hay una resolución judicial condenatoria. Muy grave seria también mentir.

Desde Castroconfidencial esperamos que el Concejal multitarea Sr.Muñoz Arriola se haya equivocado y, o bien existan otros acuerdos judiciales además de esta Sentencia,  que no ha contado a la prensa, o bien se haya equivocado y no exista nada que indemnizar a este extraño promotor por una sentencia de hace 11 años que a nada condenaba.
Nos alegramos de que se haya empezado a revisar estos añejos expedientes urbanísticos y que en el presupuesto 2.012 se incluyan, PREVIO EXPEDIENTE y la inestimable colaboración de las consejerías de urbanismo y justicia, los INGRESOS MUNICIPALES QUE HAY QUE EXIGIR A LOS PROMOTORES por licencias no pagadas, aprovechamientos urbanísticos con exigidos, ocupación y uso del dominio publico sin pagar las tasas, falta de cesiones etc….
Porque solo faltaba que empecemos por pagar  extrañas indemnizaciones y no cobremos lo que de verdad se nos debe.
Rufino tendrá que explicarse, parece ser.

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