El Ruido que Sufrimos

Un problema de la contaminación y la degradación de la calidad de vida es el producido por la contaminación acústica. Podría parecernos una “modernidad”, el ruido ha existido siempre y las empresas industriales, los vehículos a motor y las innumerables fuentes de ruido de la vida moderna llevan décadas produciéndolo. El problema en sí, es serio. Un ejemplo de esto es la legislación de Riesgos Laborales que marca unos máximos para los trabajadores expuestos a ruido de 85 db constantes o 130 db para puntas  temporales. 


Una exposición constante al ruido puede producir insomnio o incapacidad para conciliar el sueño, afecta a los niveles de stress y al estado anímico, afecta a la capacidad de concentración, acelera el pulso, aumentan los riesgos psicosociales, etc. A parte de poder interferir en la actividad humana: imposibilidad de mantener conversaciones, de realizar actividades que requieran concentración, etc. Y una exposición puntual a una fuente de ruido muy grande puede provocar lesiones de tímpano, problemas de orientación, sordera temporal o incluso daños permanentes en el oído interno. El ser humano se puede adaptar a altos niveles de ruido (hay ejemplos de artilleros que han dormido al lado de sus piezas disparándose), pero el nivel de adaptación es limitado y una exposición prolongada a altos niveles de ruido termina siendo perjudicial para la salud. Además aislarnos del ruido es algo complicado.

Contradiciendo al Obispado, la normativa municipal de Ruidos de nuestra ciudad establece que las manifestaciones populares en la vía pública o espacio abierto  derivadas de la tradición hacen  referencia a concentraciones de clubes o asociaciones, actos culturales o recreativos  excepcionales, manifestaciones o mítines políticos o sindicales; y necesitan la Autorización del Ayuntamiento, que pondrá las condiciones.


Como ejemplo, la Sentencia del TSJ de Castilla y León 1/2/2002 sobre el ruido de las campanas de la iglesia parroquial de Villahoz sobre la superación de los límites sonoros. El Tribunal dice que es una actividad susceptible de causar molestias a las personas y considera competencia del Ayuntamiento controlar el ruido emitido y adoptar las medidas correctoras, procediendo a ajustar el nivel sonoro a los límites legales y a la disminución del mismo adecuandolo a los niveles establecidos legalmente tanto en horario nocturno (de 22 a 8) como diurno (8 a 22).


Castroconfidencial se solidariza con la familia que lleva cinco años sufriendo la incomprensión acustica del cura de Montealegre y le aconseja a este "delegado de Dios" que se apiade de los que padecen problemas de salud por no bajar el volumen de las campanas.