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EL EQUIPO DE GOBIERNO ACLARA EL CONVENIO CON LA DYA Y LA REALIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS

viernes, 19 de octubre de 2018




En referencia a las declaraciones realizadas públicamente por el presidente del Club Atlético Castro, Jonathan Vaquero, quien afirma literalmente que “el convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Castro y la DYA para la cobertura sanitaria de las pruebas deportivas y culturales se ha cancelado, tras la modificación de la Ordenanza Reguladora de Eventos Públicos”, tenemos que comunicar lo siguiente:

 

El Ayuntamiento de Castro Urdiales firmó el convenio con la Asociación de Ayuda en Carretera (DYA) correspondiente al año en curso el pasado 9 de agosto, por un importe de 60.000 euros. Este hecho puede comprobarse fácilmente en el Portal de Transparencia municipal. 

PORTAL DE TRANSPARENCIA (CONVENIOS)

 Sin embargo, puesto que la ley no permite (ver informe del Tribunal de Cuentas (página 53) que el Ayuntamiento exija prestaciones concretas en convenios, como por ejemplo la cobertura de actos, estas se eliminaron expresamente del convenio de 2018, aunque la DYA sigue colaborando en eventos de distinto tipo. Por tanto el convenio firmado no obliga -porque no puede hacerlo- a la DYA a seguir prestando exacta y concretamente determinados servicios, si bien el Ayuntamiento tendrá en cuenta la actividad realizada por la asociación durante el ejercicio para justificar la subvención, así como fijar su importe en el próximo convenio.

 Por otra parte las normativas de pruebas deportivas, en todas las disciplinas, reflejan que es responsabilidad del organizador de la prueba contratar los servicios médicos que puedan necesitarse para cubrir posibles incidentes, y así lo hacen habitualmente los clubes deportivos y empresas que organizan este tipo de eventos. En el caso de competiciones federadas es la propia Federación la que asume la responsabilidad.

 La Ordenanza municipal Reguladora de Actos y Eventos en Espacios Públicos de Castro Urdiales se ha limitado a recoger lo que marcan las leyes de superior rango al respecto, como la Ley 3/2017, de 5 de abril, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria y otras leyes específicas en materia deportiva, que aún sin ordenanza son de obligado cumplimiento.

 En nuestra opinión las declaraciones del presidente del Club Atlético Castro no corresponden a una persona que está al frente de un club de atletismo que, como mínimo, debería conocer la normativa al respecto y asumir la responsabilidad sobre los actos y eventos que organiza.
 

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