AVISO DE CORTE DE SUMINISTRO DE AGUA MA脩ANA VIERNES 21 DE OCTUBRE EN ISLARES

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EL SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA INFORMA DE UN NUEVO CORTE DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE MA脩ANA 21 DE OCTUBRE DE 2022 EN ISLARES ENTRE LAS 8:30 Y LAS 14:30 HORAS POR OBRAS EN LA RED GENERAL.

 Este corte afectar谩 a las siguientes direcciones:

 ISLARES (ZONA AL NORTE DE LA N-634, HACIA EL
MAR).


 

 Una vez terminados los trabajos, se restablecer谩 el suministro de
agua sin previo aviso. Se pueden producir episodios de turbidez, por lo
que les recordamos que deben evitar utilizar el agua para uso
alimentario mientras dure la misma.

LAS FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE CASTA脩EDA INVESTIGADAS POR EL JUEZ ACAYRO TENIAN DEFICIENCIAS

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NUEVA ENTREGA DE OSCAR ALLENDE PARA EXPLICAR LO QUE HA SUCEDIDO EN EL JUICIO CONTRA EL JUEZ ACAYRO.  EL FARADIO


Las facturas de un abogado con este Ayuntamiento acabaron derivando en un proceso judicial contra el magistrado Luis Acayro S谩nchez, a quien se quiere inhabilitar sugiriendo un ataque al letrado por enviar las facturas a Hacienda al detectar irregularidades.

 Las facturas del Ayuntamiento de Casta帽eda con un abogado experto en urbanismo activaron un proceso que a帽os despu茅s ha acabado con el magistrado Luis Acayro S谩nchez sentado en el banquillo de los acusados, pendiente de una pena de inhabilitaci贸n que le piden en bloque el Colegio de Abogados y la Fiscal铆a y sobre el que tendr谩 que decir el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), con quien compiti贸 precisamente por una plaza, en un asunto no resuelto ya que lo tiene recurrido.

La versi贸n que m谩s se ha hecho circular de este proceso es que Luis Acayro S谩nchez, en un proceso iniciado por un particular por un asunto relacionado con el urbanismo en Casta帽eda, acab贸 fiscalizando todos los contratos del Ayuntamiento con un abogado asesor externo, experto en urbanismo, al pedir todas las facturas que ambos(municipio y letrado) ten铆an y enviarlas a Hacienda.

Una teor铆a desmontada por un informe presentado como prueba en el juicio, firmado por la interventora general del Estado Ana Mar铆a Jim茅nez, que es la Delegada de Hacienda en Cantabria.

El informe, consultado por EL FARADIO, certifica que las facturas presentaban “deficiencias” notables (desde no coincidir la factura con el objeto del contrato hasta plantear el pago al contado, extra帽o en la relaci贸n con la administraci贸n, pasando por fallos en la numeraci贸n a los que se le dio el visto bueno que cualquier empresa o aut贸nomo acostumbrado a facturar a empresas o sector p煤blico sabe que tendr铆a que corregir), y cuando esto se produce, la Ley indica que hay que avisar a Hacienda, m谩xime si quien se lo encuentra es un funcionario p煤blico o, directamente, un juez que debe velar por el cumplimiento de la Ley.


EL INFORME QUE ESTABA Y EL INFORME QUE NO ESTABA

El informe ha protagonizado el arranque del juicio, iniciado este martes en la Sala de lo Civil y Penal del TSJC (se espera que finalice este martes, y que la sentencia sea redactada por el presidente de la Sala y del propio TSJC, que fue rival de Acayro S谩nchez en el proceso por encabezar el poder judicial en Cantabria): aunque la defensa en su escrito hab铆a avanzado que constaba como documentaci贸n, lo que seg煤n fuentes jur铆dicas implica que consta en la causa, la Fiscal铆a intent贸 separarlo de la causa.

Parad贸jicamente, lo que no estaba en la documentaci贸n de la causa y se ha querido introducir hoy es justo el expediente administrativo del Ayuntamiento donde constan las cuatro contrataciones que realizo la corporaci贸n, entre ellas la contrataci贸n del abogado en cuesti贸n, es decir, el fondo del asunto cuya percepci贸n de gravedad hizo que el Colegio de Abogados o la Fiscal铆a quisieran llevar a Acayro S谩nchez al banquillo.

La presentaci贸n de esta documentaci贸n, que al no estar en la documentaci贸n del proceso judicial –pese a basarse el caso en ella—ha impedido que la defensa pudiera estudiarlo a fondo previamente para poder responder –por eso en los juicios las pruebas documentales se anuncian y constan previamente, salvo cuesti贸n de fuerza mayor–.

Al hacerlo constar, se ha producido la suspensi贸n de la vista durante una hora, para que se pudiera estudiar y a la vuelta del receso se decidiera sobre la inclusi贸n de ambas documentos: el informe de la delegada de Hacienda en Cantabria que hab铆a sido aceptado por el tribunal como prueba y que cuestionaba la acusaci贸n, y el expediente municipal que da base a todo el proceso y no se hab铆a incluido hasta ahora. El tribunal ha recordado que el informe de Hacienda ya lo hab铆a aceptado, y ha decidido continuar con el juicio, aceptando el expediente administrativo. Pero desde las acusaciones se ha intentado que quedara excluido el informe que avalaba la gesti贸n de Acayro S谩nchez  pese a estar admitido y que se incluyera el otro que no constaba hasta la fecha.

El informe responde a dos cuestiones:
¿HAB脥A IRREGULARIDADES EN LAS FACTURAS?

Sobre el contrato en cuesti贸n con el abogado, que ha desembocado en este proceso, el informe observa que “no queda claro” si inclu铆a el informe jur铆dico, si bien “ha de entenderse” que s铆. “El concepto de facturaci贸n no corresponde en absoluto al servicio contratado”, enfatiza.

Tambi茅n advierte de que las facturas presentadas deber铆an coincidir en la descripci贸n con el contrato firmado –todo contrato menores, es decir, adjudicaci贸n directa, que no son objeto de concurso para que aspiraran otros profesionales– , y en cambio se ve que “no corresponde en absoluto” con el servicio facturado, adem谩s de no coincidir y establecerse una forma de pago,

“Contado” (esto es, efectivo), que no es la habitual en la relaci贸n con la administraci贸n.

En varias no corresponden el n煤mero y la fecha de factura, algo que exige espec铆ficamente el Reglamento de Facturaci贸n (y que en el mundo de la empresa o en la relaci贸n habitual empresas-administraci贸n llevar铆a a anular la factura y volver a presentarla bien numerada).—el propio Ayuntamiento procede correctamente, con facturas que coinciden con el contrato, y numeraci贸n correcta, en otros contratos–

Y pese a estas “deficiencias”, constatadas en todas las factura (que suman en torno a 12.000 euros, todas iguales por 1.050 euros) , el 贸rgano de contrataci贸n municipal le dio el visto bueno, algo que ve “grave” porque la conformidad implica la “total satisfacci贸n” de la administraci贸n y la obligaci贸n de pago.

Solicitar esas facturas era necesario porque se alud铆a a ellas en el proceso judicial y por tanto  “deb铆an quedar debidamente integradas en el para una correcta interpretaci贸n en su conjunto”.
¿HIZO BIEN EN ENVIAR LAS FACTURAS A HACIENDA?

La otra cuesti贸n que analiza el informe es comprobar si el enviar esa documentaci贸n, tras percibir irregularidades, a Hacienda, fue correcto conforme a la Ley.

La t茅cnica, que es la delegada de Hacienda en Cantabria, lo que hace es acudir directamente a la Ley General Tributaria, que literalmente establece que “los juzgados y tribunales deber谩n facilitar a la Administraci贸n tributaria, de oficio –es decir, por iniciativa propia–, o a requerimiento de la misma, cuantos datos con trascendencia tributaria se desprendan de las actuaciones judiciales de las que conozcan”.

Por tanto, el traslado a Hacienda de las facturas “tan pronto observ贸 las irregularidades que se evidenciaban” (es decir, la numeraci贸n incorrecta, que no coincidieran con el contrato al que se entiende que respond铆an o que se pagara al contado), “responde al cumplimiento de la Ley”, as铆 como a la “colaboraci贸n” que cualquier autoridad o empleado p煤bico, como es el caso de un juez, con la administraci贸n tributaria.

Adem谩s, la misma Ley Tributaria recoge el “deber universal” del suministro de informaci贸n, gen茅rica o espec铆fica. Al magistrado Luis S谩nchez Acayro “le afectaba ese deber”, a帽ade, porque “todo empleado p煤blico debe guardar especial celo en el respecto de esta necesaria colaboraci贸n” con Hacienda y en general con las distintas administraciones.

El informe pone un 煤nico matiz, y es que ese traslado de informaci贸n debe hacerse “con todas las garant铆as de sigilo y de respeto al secreto de las diligencias sumariales”. Y en este caso, incide, “se respet贸 escrupulosamente este aspecto”.




EL PRC DE CASTRO URDIALES SOLICITA LA CELEBRACI脫N URGENTE DE UNA COMISI脫N SOBRE LA SITUACI脫N ECON脫MICA DEL MUNICIPIO

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EL PARTIDO REGIONALISTA DE CASTRO URDIALES HA PRESENTADO UNA MOCI脫N EN LA QUE SOLICITAN LA CELEBRACI脫N URGENTE DE UNA COMISI脫N INFORMATIVA Y EXTRAORDINARIA Y MONOGR脕FICA SOBRE LA SITUACI脫N ECON脫MICA Y FINANCIERA DEL CONSISITORIO. MOCI脫N DEL PRC

 


 Con el 谩nimo de poder cumplir con nuestra labor de fiscalizaci贸n al equipo de gobierno requerimos sean atendidas nuestras reiteradas peticiones para que se lleve a cabo una Comisi贸n Informativa monogr谩fica en la que se detalle la situaci贸n econ贸mica y financiera actual de las cuentas del Ayuntamiento de Castro-Urdiales.

 En abril de 2021 queda aprobado el 煤nico presupuesto de esta legislatura tras los votos a favor de PSOE (6), Cs (2) y Podemos (1), los votos en contra de PRC (6) y CastroVerde (3) y la abstenci贸n del PP (3). Presupuesto que contemplaba unos gastos y unos ingresos en torno a los 50 millones de euros, a pesar de intuirse, por el contrario, una merma de los ingresos que hist贸ricamente han rondado sobre los 33 millones, esa es la capacidad media de recaudaci贸n.


En septiembre de este a帽o se aprueba por mayor铆a absoluta en el Congreso de los Diputados la continuidad de esta medida para el a帽o 2023 como consecuencia de la crisis econ贸mica derivada de la guerra de Ucrania.

Desde el momento en que se comienza a trabajar en el presupuesto actual el Interventor municipal en varios de sus informes hace unas aclaraciones y sugerencias que las sostiene en el tiempo que van en el orden del control del gasto, la improvisaci贸n en la gesti贸n del equipo de gobierno y la sugerencia de aprobar un nuevo presupuesto que
recoja los nuevos gastos recurrentes que se han ido incorporando.

 Los antecedentes descritos nos llevan a un escenario de incertidumbre y de extrema preocupaci贸n sobre la estabilidad de las arcas p煤blicas. No solo porque de los ahorros de todos los castre帽as solo queda en torno a los 500.000€, sino porque pasado el tiempo no hay siquiera borrador de un nuevo presupuesto y el prorrogado no se parece en nada a lo que deber铆a ser el Presupuesto 2023 debido al ingente n煤mero de modificaciones presupuestarias.

Entendemos que ya adentrados en el 煤ltimo trimestre del a帽o no tiene sentido trabajar en un presupuesto nuevo para 2022 pero si que es urgente y necesario, seg煤n recomendaciones del propio interventor, y por supuesto del Partido Regionalista como impulsores de esta moci贸n y principal grupo de la oposici贸n, trabajar en el borrador del
presupuesto del a帽o pr贸ximo.

Otra gran preocupaci贸n es que los ingresos no sean suficientes como para equilibrarse con los gastos, ya que hist贸ricamente han rondado en torno a los 33 millones de euros, muy por debajo de los 55 millones planteados por el equipo de gobierno. Por otra parte tampoco tenemos la seguridad que se pueda llegar a recaudar en los t茅rminos habituales debido a la merma en los ingresos procedentes de lo recaudado en concepto de plusval铆as. Por tanto consideramos que hay un desequilibrio entre el gasto corriente y los ingresos corrientes.

A su vez el gasto tambi茅n aumenta ya que tenemos que contar con subidas exponenciales de los servicios, especialmente el gas y la luz, triplicando al menos su factura actual. Gastos procedentes de la revisi贸n de precios de los contratos que contemplan la subida del IPC, adem谩s de las subidas de los costes en los contratos de seguridad y
de limpieza, tambi茅n gastos derivados del personal ya sea por el aumento de los salarios previsto para el pr贸ximo ejercicio y por las sentencias ganadas de trabajadores que han realizado funciones de superior categor铆a. Adem谩s de los gastos que por acuerdo plenario han subido como por ejemplo es el caso del contrato del servicio de recogida de basuras o el gasto en seguridad ciudadana que ser谩 sensiblemente mayor al actual. Previsiblemente lo ser铆a tambi茅n el aumento del nuevo contrato de CastroBus que inevitablemente deber谩 ser m谩s elevado que el vigente.

En definitiva, si los gastos son al menos de 55 millones y los ingresos como m谩ximo de 33 millones, el sentido com煤n nos dice que los ingresos no van a ser suficientes para cubrir los gastos previstos a帽o a a帽o. Y mucho menos para estar preparados para ayudar a los vecinos m谩s vulnerables que ya est谩n sufriendo los embistes de la crisis.

Pero, en contrapartida, el equipo de gobierno asegura que la salud econ贸mica del Ayuntamiento es 贸ptima, por tanto, si as铆 lo creen ser谩 porque tienen en su haber informaci贸n de la que no disponemos o de lo contrario no pueden seguir sosteniendo esa tesis de bonanza de las arcas municipales cuando a煤n ni siquiera tenemos claro cu谩les ser谩n las transferencias del Estado que recibiremos en el acumulado anual.

Por todo lo expuesto en los antecedentes y en la exposici贸n de motivos consideramos oportuno se resuelva por este
Pleno la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCI脫N, con el 煤nico punto:


Se celebre con anterioridad al pr贸ximo Pleno Municipal (Noviembre) una Comisi贸n Extraordinaria de Hacienda monogr谩fica, con sus correspondientes informes de intervenci贸n y/o secretar铆a si fuera necesario para conocer la situaci贸n econ贸mica y financiera actual del Ayuntamiento de Castro Urdiales en la que intervenga al menos el
Interventor y la Tesorera municipal para que seamos debidamente informados de todas las cuestiones que se planteen en dicha comisi贸n.

 


LA CORAL SANTA MARIA ORGANIZA UN CONCIERTO DE NAVIDAD CUYOS PROTAGONISTAS SER脕N NI脩AS Y NI脩OS DE PRIMARIA

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QUE CANTEN LOS NI脩@S

Somos la Agrupaci贸n Coral Santa Mar铆a de Castro Urdiales, no es necesario extendernos en nuestra trayectoria, lo importante de este Proyecto son: NI脩OS Y NI脩AS Cantando la Navidad, principales protagonistas de esta Fiesta.


Se trata de organizar un Concierto propio de estas fechas, en el cual cantaran junto a nuestra Coral un grupo de Ni帽os y Ni帽as de Primaria.


El recital tendr铆a lugar el S谩bado d铆a 10 de Diciembre, a las 19:00 h. en la Iglesia de Santa Mar铆a de Castro Urdiales.


Para que todo llegue a buen fin, solicitamos que esta noticia sea divulgada en vuestros medios de comunicaci贸n. Los Centros de Ense帽anza Primaria de nuestra Ciudad ya han sido informados y tienen a su disposici贸n solicitudes/Autorizaci贸n para participar en la
actividad.  Adem谩s, se difundir谩 a trav茅s de nuestras Redes Sociales: Facebook, Instagram, as铆 como en la Web de la Coral Santa Mar铆a... Contamos con la inestimable colaboraci贸n de la Parroquia, del Excmo. Ayuntamiento y medios de comunicaci贸n locales.


Los ensayos se llevar谩n a cabo los d铆as: 10 – 17 - 24 de Noviembre, 1 y 9 de Diciembre, en el local de ensayo que dispone la Coral Santa Mar铆a en la C/ C铆rculo Cat贸lico de Castro Urdiales.


Los ensayos dar谩n comienzo a las 18:00 h. y, tendr谩n una hora de duraci贸n.


El repertorio a interpretar abarcar铆a las obras:

-  Campana sobre Campana

-  Los Peces en el Rio

-  Suite Comercial Navide帽a

-  Noche de Paz


La Coral Santa Mar铆a, proporcionara partituras.


NOTA: Recogida y Entregar de Solicitudes, los Martes y Jueves de 19:00 a 20.00 h. en el Sal贸n de Actos del Circulo Cat贸lico (Local de Ensayos de la Coral Santa Mar铆a), en la Avenida de Constituci贸n, 16 – C/Circulo Cat贸lico


Bego帽a Goikoetxea Biguri (Directora de la Coral Santa Mar铆a)
Javier Carrasco Cantero (presidente de la Coral Santa Mar铆a)

MA脩ANA COMIENZA UN NUEVO JUICIO CONTRA EL JUEZ ACAYRO EN EL TSJC

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LA PREGUNTA QUE NOS HACEMOS, ES COMO ES POSIBLE QUE SE IMPUTE DE NUEVO AL JUEZ ACAYRO POR INVESTIGAR TEMAS DE CORRUPCION. LA RESPUESTA LA HEMOS LE脥DO EN UNO DE ESOS MEDIOS DE COMUNICACI脫N QUE PARECEN TENER POCA AUDIENCIA.

 AQU脥 LO EXPLICA OSCAR ALENDE EN "EL FARADIO. 

Presentado como un juicio por una supuesta investigaci贸n prospectiva contra un abogado contratado por el Ayuntamiento de Casta帽eda. Acayro S谩nchez ser谩 juzgado por su rival en la carrera al CGPJ por un caso en el que el Poder Judicial no vio irregularidades y en el que el abogado que se vio atacado no sali贸 perjudicado.


Ma帽ana martes, 18, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria juzgar谩 a Luis Acayro S谩nchez, titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n煤mero 2 de Santander, m谩s conocido por su 茅poca como juez instructor de famosos casos de corrupci贸n en Castro Urdiales, por un presunto delito continuado de prevaricaci贸n en el que se enfrentar谩 no a un abogado, sino al propio Colegio de la Abogac铆a de Cantabria, apoyados en su petici贸n por la Fiscal铆a. Los cargos que se piden contra 茅l ascienden a 15 a帽os de inhabilitaci贸n, adem谩s de una multa econ贸mica.

En la versi贸n m谩s extendida el caso es algo as铆 como que en un proceso judicial por un contrato con el Ayuntamiento de Casta帽eda, el juez Acayro se extralimit贸 al apostar por una investigaci贸n prospectiva contra todo lo que hac铆a el letrado que representaba al Ayuntamiento en cuesti贸n.

Empezando por lo primero, la propia y generalizada expresi贸n juez Acayro (siendo estrictos, magistrado), que sale de carrerilla desde que el titular de un juzgado castre帽o empez贸 a ser referenciado en medios por la acumulaci贸n de casos de corrupci贸n en el municipio, no es del todo correcta: lo habitual en el lenguaje de medios e instituciones es que lo que se conozca es el apellido, y lo poco usual del Acayro hizo pensar que ser铆a apellido, y desde luego resultaba m谩s sonoro. Aunque en realidad era parte del nombre (Luis Acayro) y el apellido en realidad era un comunc铆simo S谩nchez L谩zaro.

JUZGADO POR SU RIVAL EN LA CARRERA AL TSJC

Una de las primeras cuestiones que se produce en este proceso judicial es el d贸nde: la Sala de lo Civil y Penal del TSJC, cuyo presidente, Jos茅 Luis L贸pez del Moral, lo es tambi茅n del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Un cargo al que tambi茅n aspir贸 el propio Acayro S谩nchez, como este hizo constar en su recusaci贸n ya que hab铆a recurrido ante el Tribunal Supremo el nombramiento de L贸pez del Moral.

La figura de la recusaci贸n es muy importante en Justicia: protege la imparcialidad y tambi茅n la apariencia de imparcialidad de un tribunal. Con la recusaci贸n se aparta a un juez de un caso para garantizar la ausencia de prejuicios o sesgos que puedan suscitar dudas sobre dicha imparcialidad.

Pero Del Moral ni se ha apartado a la hora de presidir la sala que admiti贸 la querella contra Acayro, ni se va a apartar de presidir el tribunal juzgador, ni tampoco de escribir la sentencia, ya que es tambi茅n el ponente.

En julio de 2020 se inici贸 el proceso de selecci贸n para la presidencia del TSJ de Cantabria al que se postularon dos candidatos; esto es, L贸pez del Moral y Luis Acayro S谩nchez. El proceso de selecci贸n inclu铆a entrevista a ambos, se hizo en octubre y el 30 de ese mismo mes se resolvi贸 a favor de L贸pez del Moral.

El juez Acayro S谩nchez recurri贸 contra este nombramiento ante el Tribunal Supremo, proceso en el que se emplaz贸 a L贸pez del Moral el 11 de marzo de 2021.

Un mes despu茅s se present贸 la querella de un antiguo asunto, mientras al mismo tiempo el Supremo estudia el nombramiento.

Esa situaci贸n llev贸 al magistrado a recusar al presidente de la Sala y del TSJC, para que no se diera la circunstancia de que admitiera a tr谩mite la querella alguien con quien ten铆a recursos pendientes y hab铆a sido su rival. No se acept贸 y el 26 de abril se admiti贸 a tr谩mite con la presidencia de L贸pez del Moral al frente.

Este magistrado ser谩 este martes el presidente del tribunal que lo juzgar谩 y ser谩 tambi茅n el ponente (el redactor) de la sentencia (no siempre el presidente de la Sala es quien redacta la sentencia, puede hacerlo otro miembro).

POR UN CASO QUE NO PREOCUP脫 HASTA A脩OS DESPU脡S

El caso previo que est谩 en el origen de todo esto se remonta a 2016, cuando un particular present贸 un recurso contencioso-administrativo contra un acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Casta帽eda del 29 de septiembre de 2016 que hab铆a desestimado su recurso de reposici贸n frente a un acto administrativo previo.

El alcalde y el Pleno adoptaron esta decisi贸n porque hab铆a cuatro informes favorables elaborados por t茅cnicos externos.

Entre ellos, el del abogado que se ha querellado contra Acayro S谩nchez quien, al llegarle el recurso, pidi贸 al Ayuntamiento que le enviaran dichos contratos para completar el expediente administrativo sobre el que deb铆a resolver el recurso del particular.

No fue hasta 2019 cuando el abogado traslad贸 una queja al Consejo General del Poder Judicial por la actuaci贸n del magistrado, que archiv贸 la queja porque la cuesti贸n hab铆a sido resuelta, se le hab铆a permitido el derecho de defensa y no apreci贸 falta de consideraci贸n ni abuso de poder .

En el a帽o 2021 todo esto pas贸 a convertirse en un proceso judicial contra Luis Acayro S谩nchez.

PRESENTADO COMO UNA INVESTIGACI脫N PROSPECTIVA

En materia judicial est谩n prohibidas lo que se llaman investigaciones prospectivas o el “salir a pescar”, es decir, investigar —que eso es lo que se llama instrucci贸n, la parte previa que determina si hay o no juicio—hasta que se encuentre algo, sin una base o acusaci贸n previa, cambiando de rumbo y buscando indicios en otras v铆as –es lo que se ha reprochado en muchas de las actuaciones judiciales contra Podemos o sus dirigentes-.

Eso es en la v铆a penal. Pero estamos en la v铆a contenciosa: la jurisdicci贸n donde litigan los particulares y las administraciones p煤blicas, o las administraciones entre s铆. Aqu铆 el juez tiene que ser el garante de la legalidad.

En este proceso, la acusaci贸n presenta el caso como una investigaci贸n prospectiva por el hecho de que un juez de lo contencioso solicit贸 a la Administraci贸n p煤blica informaci贸n p煤blica sobre un expediente p煤blico de unos contratos con cuatro t茅cnicos, entre ellos el de este abogado querellante, que no constaban en el expediente y que ve铆a necesaria por considerarlo un antecedente.

Ante la sospecha de irregularidades en este contrato del letrado –de fondo estaba la correcta facturaci贸n al Ayuntamiento–, el magistrado lo puso en conocimiento de la Agencia Tributaria, Hacienda, como marca la ley sobre que hacer si se perciben indicios de irregularidad fiscal (sorprender铆a lo contrario, no avisar a Hacienda, precisamente en un magistrado). El Colegio de Abogados lo vio un “injustificable ataque a su libertad e independencia” (del letrado).

Asimismo, se acus贸 al juez por haber atendido la petici贸n del letrado de de una empresa ejecutante de dar traslado al Ministerio Fiscal de una escritura p煤blica presentada por
el ayuntamiento de Alfoz de Lloredo por un posible delito de falsedad que habr铆a podido cometerse ante un Juzgado de otro partido judicial, en torno al derribo de un edificio con sentencia. Es decir, se traslad贸 al Ministerio Fiscal la sospecha de que hubiera un delito de falsedad por otro asunto que no pod铆a tratarse en ese procedimiento, al estar ce帽ido al caso en cuesti贸n. La resoluci贸n judicial del juez Luis Acayro S谩nchez fue favorable al ayuntamiento.


EN EL QUE EL PERJUDICADO NO FUE PERJUDICADO

El caso es que ambos procesos judiciales acabaron siendo favorables a los ayuntamientos implicados y al letrado que los representaba, que es quien se ha querellado contra el juez Acayro a帽os despu茅s.

Es decir, ninguna de esas actuaciones se tradujo en una condena o perjuicio econ贸mico o para su trabajo, y, al enmarcarse en acciones judiciales, tuvo a su disposici贸n las sucesivas fases en las que se pod铆a responder o reaccionar ante el juzgado.


Y EN EL QUE EL PODER JUDICIAL YA DESECH脫 IRREGULARIDADES.

En septiembre de 2019, el Consejo General del Poder Judicial, m谩ximo 贸rgano de gobierno de los jueces a nivel estatal, se pronunci贸 ante una queja del Colegio de Abogados trasladada en junio. El 贸rgano de representaci贸n de los abogados c谩ntabros daba amparo al abogado afectado y ped铆a un expediente disciplinario.

El Poder Judicial no vio caso: la falta de respeto a la que se alud铆a no fue concretada en alguna expresi贸n o acto, por lo que pas贸 a ser vista como una “valoraci贸n personal y subjetiva, carente de apoyo probatorio objetivo en los hechos”.

El letrado se neg贸 a que declarara la secretaria municipal como testigo, pero el Poder Judicial cree que dado que el abogado en cuesti贸n pudo protestar y oponerse a determinadas preguntas, entonces pudo ejercer su derecho a defensa, “contrariamente a lo que expone en el escrito de queja”.

Y el traslado a la Agencia Tributaria de la posible irregularidad de facturas emitidas tiene “una clara naturaleza jurisdiccional, no revisable en esta v铆a”, que adem谩s supone la interpretaci贸n y aplicaci贸n de lo previsto en el art铆culo 94 de la Ley General Tributaria”, que obliga a los juzgados y tribunales a poner en conocimiento de Hacienda cuantas irregularidades fiscales aparezcan en las actuaciones judiciales. Traslado que hab铆a sido solicitado al juez por la otra parte, adem谩s. Es decir, Acayro aplic贸 la Ley, por lo que adem谩s no correspond铆a al Consejo General del Poder Judicial abordarlo en el marco de un expediente disciplinario.

As铆 hab铆a quedado el caso en 2019, hasta que en 2020 lleg贸 la convocatoria de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria y s贸lo se presentaron dos candidatos: L贸pez del Moral y Acayro.

Gan贸 el primero. Y el 11 de abril de 2021, tres d铆as despu茅s de que Acayro formalizara su recurso contra el nombramiento de L贸pez del Moral como presidente, el Letrado y el Colegio de Abogados de Cantabria presentaron la querella.