EL PRIMER PLENO DE LA LEGISLATURA EL 25 DE JUNIO POR LA TARDE
Como en otras legislaturas, estamos acostumbrados a que los concejales del equipo de gobierno adelanten los puntos de los plenos en los medios de comunicaci贸n. Esto es lo que pasaba la semana pasada con las declaraciones del concejal de CastroVerde, Eduardo Amor en Punto Radio sobre las propuestas del Gobierno Municipal en el primer pleno de esta legislatura, el pr贸ximo 25 de Junio a las 16:00 horas de la tarde.
Los plenos ser谩n los 煤ltimos martes h谩biles de cada mes por la tarde a las 16:00 horas para que los concejales que trabajen y el p煤blico puedan acudir. Se suprimen las asignaciones a los grupos pol铆ticos y la eliminaci贸n de los cargos de confianza. Se crea un consejo de juntas vecinales entre otras cosas..
Curioso que en el Orden del d铆a del Pleno publicado esta ma帽ana no se publiquen las propuestas del equipo de gobierno..solo se pueden leer los t铆tulos: Funcionamiento de las sesiones de pleno, constituci贸n de grupos pol铆ticos y portavoces, asignaciones de los grupos pol铆ticos, decretos de nombramiento, dedicaciones, creaci贸n de comisiones, personal eventual que se supone se eliminar谩 y se hablar谩 de personal de asesoramiento especial o eso al menos lo suponemos para trabajos temporales, creaci贸n de un consejo de Juntas Vecinales etc..
Desde Castro Confidencial desconocemos cuales son las propuestas del equipo de gobierno que seguro defender谩n en el primer pleno de legislatura, seg煤n parece la eliminaci贸n de los cargos de confianza, las asignaciones a los grupos municipales, las dedicaciones y remuneraciones y el consejo de juntas vecinales traer谩n fuerte debate al sal贸n de plenos de la Corporaci贸n.
Nosotros tenemos algunas dudas sobre el orden del d铆a y lo que no se publica en la p谩gina web municipal:
1- S铆 los plenos son por la tarde, entendemos que los concejales que lo pueden compatibilizar con su actividad profesional no pueden cobrar dietas por acudir al pleno.
2- S铆 se eliminan los cargos de libre designaci贸n, el personal temporal de asesoramiento especial debe nombrarse por concurso-oposici贸n y no solo por concurso de m茅ritos y/o curr铆culum..
3- S铆 el Ayuntamiento tiene desequilibrio presupuestario porque no se han vendido las parcelas de Cotolino, las dedicaciones exclusivas y parciales deben de abonarse de acuerdo a esta circunstancia y por supuesto las parciales adecuarse al m铆nimo el 40% y no al 60%, el m谩ximo que permite la ley.
4- Respecto al Consejo de Juntas Vecinales, en Castro Urdiales ya existe un consejo como marca la Ley de Entidades Menores de Cantabria-enlace; que es la Hermandad de Juntas Vecinales que puede adecuarse a la normativa y en la que tiene cabida el Alcalde o a quien delegue.. Ya que a pesar de que hay muchas prisas en la creaci贸n del nuevo 贸rgano, de momento se desconoce o no se ha previsto la regulaci贸n de su composici贸n y funcionamiento como marca la ley; que adem谩s expresa escasas funciones:
a) Proponer e informar los planes de obras y actuaciones del Ayuntamiento dentro del territorio de las respectivas Entidades.
b) Proponer e informar los criterios que para la concesi贸n de subvenciones a estas Entidades apruebe el Pleno del Ayuntamiento respectivo.
c) Proponer las condiciones y criterios para la aceptaci贸n de la delegaci贸n que en favor de estas Entidades hagan los Ayuntamientos de la ejecuci贸n de obras y la prestaci贸n de servicios comprendidos en la competencia municipal.
d) Aquellas otras funciones que le atribuya el Pleno del Ayuntamiento, mediante acuerdo expreso o a trav茅s de su Reglamento org谩nico.
Los plenos ser谩n los 煤ltimos martes h谩biles de cada mes por la tarde a las 16:00 horas para que los concejales que trabajen y el p煤blico puedan acudir. Se suprimen las asignaciones a los grupos pol铆ticos y la eliminaci贸n de los cargos de confianza. Se crea un consejo de juntas vecinales entre otras cosas..
Curioso que en el Orden del d铆a del Pleno publicado esta ma帽ana no se publiquen las propuestas del equipo de gobierno..solo se pueden leer los t铆tulos: Funcionamiento de las sesiones de pleno, constituci贸n de grupos pol铆ticos y portavoces, asignaciones de los grupos pol铆ticos, decretos de nombramiento, dedicaciones, creaci贸n de comisiones, personal eventual que se supone se eliminar谩 y se hablar谩 de personal de asesoramiento especial o eso al menos lo suponemos para trabajos temporales, creaci贸n de un consejo de Juntas Vecinales etc..
Desde Castro Confidencial desconocemos cuales son las propuestas del equipo de gobierno que seguro defender谩n en el primer pleno de legislatura, seg煤n parece la eliminaci贸n de los cargos de confianza, las asignaciones a los grupos municipales, las dedicaciones y remuneraciones y el consejo de juntas vecinales traer谩n fuerte debate al sal贸n de plenos de la Corporaci贸n.
Nosotros tenemos algunas dudas sobre el orden del d铆a y lo que no se publica en la p谩gina web municipal:
1- S铆 los plenos son por la tarde, entendemos que los concejales que lo pueden compatibilizar con su actividad profesional no pueden cobrar dietas por acudir al pleno.
2- S铆 se eliminan los cargos de libre designaci贸n, el personal temporal de asesoramiento especial debe nombrarse por concurso-oposici贸n y no solo por concurso de m茅ritos y/o curr铆culum..
3- S铆 el Ayuntamiento tiene desequilibrio presupuestario porque no se han vendido las parcelas de Cotolino, las dedicaciones exclusivas y parciales deben de abonarse de acuerdo a esta circunstancia y por supuesto las parciales adecuarse al m铆nimo el 40% y no al 60%, el m谩ximo que permite la ley.
4- Respecto al Consejo de Juntas Vecinales, en Castro Urdiales ya existe un consejo como marca la Ley de Entidades Menores de Cantabria-enlace; que es la Hermandad de Juntas Vecinales que puede adecuarse a la normativa y en la que tiene cabida el Alcalde o a quien delegue.. Ya que a pesar de que hay muchas prisas en la creaci贸n del nuevo 贸rgano, de momento se desconoce o no se ha previsto la regulaci贸n de su composici贸n y funcionamiento como marca la ley; que adem谩s expresa escasas funciones:
a) Proponer e informar los planes de obras y actuaciones del Ayuntamiento dentro del territorio de las respectivas Entidades.
b) Proponer e informar los criterios que para la concesi贸n de subvenciones a estas Entidades apruebe el Pleno del Ayuntamiento respectivo.
c) Proponer las condiciones y criterios para la aceptaci贸n de la delegaci贸n que en favor de estas Entidades hagan los Ayuntamientos de la ejecuci贸n de obras y la prestaci贸n de servicios comprendidos en la competencia municipal.
d) Aquellas otras funciones que le atribuya el Pleno del Ayuntamiento, mediante acuerdo expreso o a trav茅s de su Reglamento org谩nico.
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